España exigirá a los viajeros de países de riesgo un test negativo de coronavirus

El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.

Actualidad - España 12/11/2020 Redacción Redacción
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España exigirá a los viajeros de países de riesgo un test negativo de coronavirus

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A partir del 23 de este mes, España exigirá a los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo una prueba negativa de coronavirus en las 72 horas previas para poder entrar al país, y su acreditación podrá ser pedida al pasajero en cualquier momento, informó hoy el Ministerio de Salud local.

El Gobierno español tomó esta decisión el mismo día en que el país superó los 40.000 muertos por coronavirus, luego que el balance oficial sumara 349 nuevos fallecidos en las últimas 24 horas y 19.000 casos más, lo que llevó el total a más de 1,4 millones de infectados, según la agencia de noticias AFP.

En medio de esta curva de muertos y contagios en ascenso, España comenzará a reforzar sus precauciones frente a los viajeros internacionales que llegan de países de riesgo, una medida que se suma a los controles sanitarios que ya se implementan actualmente a todos los ciudadanos extranjeros en los puntos de entrada.

La novedad es que dentro del Formulario de Control Sanitario se le preguntará a cada pasajero si dispone de una prueba negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada.

El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico, citó la agencia de noticias española Europa Press.

Para la designación de las zonas de riesgo existirán dos criterios.

Por un lado, para los países de la Unión Europea (UE), se tomará como referencia los criterios estipulados por el bloque el mes pasado.

Por otro lado, para el resto de los países del mundo, la referencia será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días.

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que venda pasajes deberán informar a los viajeros de la obligatoriedad de disponer de la prueba negativa para poder viajar.

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