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Logran readmitir a un trabajador sancionado 7 meses después de los incidentes que causaron su despido
El Despacho Parrado Asesores argumenta cuestiones de prescripciones legales y discriminación por disfrute de permiso de paternidad
Economía - Empleo22/05/2023Redacción- La empresa del sector de Seguridad tendrá que volver a poner en plantilla al empleado, en las mismas condiciones y abonando salarios de tramitación
- El Juzgado de lo Social 4 de Madrid expone en la sentencia el incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores
- Los expertos en Derecho Laboral de Parrado Asesores consiguieron que se reconociera la falta de garantías de indemnidad en el afectado
El Despacho de Abogados Parrado Asesores ha logrado que se declare nulo el despido de un trabajador del sector de seguridad, que fue cesado siete meses después de unos incidentes que, supuestamente, eran motivo de despido según el régimen interno de la empresa.
Como, desde los acontecimientos hasta el despido pasó tan largo periodo, el afectado reclamó la prescripción de los plazos, así como la vulneración de derechos a la hora de disfrutar de un permiso de paternidad en esos siete meses. La empresa tendrá ahora que readmitir al trabajador en su puesto habitual, con las mismas condiciones que regían su contrato antes del despido, además de abonar los salarios de tramitación a razón de casi 50 euros diarios.
Los expertos en Derecho Laboral de Parrado Asesores lograron argumentar las cuestiones de prescripción de estas sanciones, que claramente establecen varios artículos del Estatuto de Trabajadores en diez días para las faltas leves, 20 para las graves y 60 para las muy graves. Estos artículos han sido gravemente infringidos por la empresa, según dicta la sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Madrid.
Dice así la sentencia, “lo que ocurre es que el actor ha sido despedido cinco meses después de terminar de disfrutar su permiso de paternidad -y siete meses después de los supuestos incidentes que motivaron su despido-, y ello, salvo que se acrediten las causas que dan lugar al despido es causa de nulidad legal”.
En ese transcurso de siete meses, el afectado disfrutó de un permiso de paternidad, cuya solicitud también fue motivo de conflicto en la empresa y uno de los causantes del cese indebido. Aunque la sentencia no reconoce este agravio, sí otorga la razón al demandante en cuanto a que se vio vulnerada su garantía de indemnidad. La indemnidad es uno de los derechos fundamentales que se le reconoce a todo trabajador.
De esta forma, con esta readmisión se logra de nuevo la nulidad de un despido y la mejora en la calidad de vida de un trabajador y su familia. Parrado Asesores confirma así su porcentaje superior al 95% en los casos de Derecho Laboral que ha llevado en juzgados de toda España. El trabajador podrá, con los salarios de tramitación, compensar los perjuicios económicos causados en este tiempo sin empleo y que supusieron además sus primeros meses de paternidad.
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