noticias nacional TRIBUNAL SUPREMO La Mesa del Congreso mantiene a Alberto Rodríguez como diputado
La Mesa del Congreso de los Diputados decidió este martes mantener al exsecretario de Organización de Podemos Alberto Rodríguez como parlamentario pese a haber sido condenado por el Tribunal Supremo por agresión a un policía en 2014, atendiendo así al informe de los servicios jurídicos de la Cámara que lo avala.
Actualidad - Justicia20/10/2021 SERVIMEDIALa Mesa del Congreso de los Diputados decidió este martes mantener al exsecretario de Organización de Podemos Alberto Rodríguez como parlamentario pese a haber sido condenado por el Tribunal Supremo por agresión a un policía en 2014, atendiendo así al informe de los servicios jurídicos de la Cámara que lo avala.
Los tres integrantes del Grupo Socialista en la Mesa del Congreso (la presidenta, Meritxell Batet; el vicepresidente primero, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis; y la secretaria segunda, Sofía Hernanz) y los tres de Unidas Podemos (la vicepresidenta tercera, Gloria Elizo, y los secretarios primero y tercero (Gerardo Pisarello y Javier Sánchez Serna) votaron a favor de que Rodríguez no pierda la condición de diputado, como avalaron los letrados por haber sustituido el Tribunal Supremo la pena de cárcel por una multa.
El portavoz del PSOE, Héctor Gómez, justificó en rueda de prensa posterior a la Junta de Portavoces el “ser consecuentes si hay un informe” y respetar "la posición qu ese manifiesta por los servicios jurídicos de la Cámara. Los miembros del PP (la vicepresidenta segunda, Ana Pastor, y el secretario segundo, Adolfo Suárez Illana), y el de Vox (el vicepresidente cuarto, Ignacio Gil Lázaro) votaron en contra.
El informe de los servicios jurídicos atendió la tesis de Unidas Podemos, según la cual el condenado cumplió la condena al pagar el pasado día 13 la multa de 540 euros por la que se le sustituyó la pena de un mes y medio de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo por un delito de atentado a la autoridad al considerar que dio una patada a un policía durante una protesta contra la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad de la Enseñanza (Lomce) en Tenerife en el año 2014.
El Supremo añadió a esta multa la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público durante el tiempo de condena, y la reforma de enero de 2011 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) impuso inelegibilidad sobrevenida a “los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación”. Sin embargo, los letrados han estimado que, al haber sido sustituida la cárcel por la multa, y al haber sido ésta pagada, no procede la inhabilitación.
(SERVIMEDIA)
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