Gobierno, patronal y sindicatos alcanzan un preacuerdo para prorrogar los ERTE hasta el 30 de septiembre

El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informaron esta tarde de los detalles de la nueva prórroga

Economía - Empleo 27/05/2021 Servimedia
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El Gobierno, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT han alcanzado un preacuerdo para prorrogar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre, después de salvar los escollos que había en la parte de Seguridad Social con los empresarios.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informaron esta tarde de los detalles de la nueva prórroga, que se aprobará mañana, jueves, en un Consejo de Ministros extraordinario previsto a las 16.30 horas.

Se prorrogan los distintos tipos de ERTE -por impedimento, limitación y sectores “ultra protegidos” y su cadena de valor- y se mantienen las medidas extraordinarias recogidas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, relativas al mantenimiento del empleo, la ‘prohibición’ de despedir, la interrupción del cómputo de los contratos temporales, así como los límites relacionados con el reparto de dividendos y transparencia fiscal y el uso de horas extraordinarias y nuevas externalizaciones.

En cuanto al esquema de exoneraciones en el caso de los sectores particularmente protegidos y su cadena de valor, para los trabajadores que salgan del ERTE habrá un 95% de exención en empresas con menos de 50 trabajadores, y un 85% para las de mayor plantilla en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Para los trabajadores que se mantienen suspendidos, la exoneración será del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadoras. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

En la lista de las actividades particularmente protegidas o CNAE se incluyen tres nuevos sectores: confección de otras prendas de vestir y accesorios; comercio al por mayor de café, té, cacao y especias, y actividades de fotografía. Y salen cinco: Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas; fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados; transporte espacial, y alquiler de medios de navegación. En total hay 45 sectores considerados.

Se han incluido en este listado aquellas empresas cuya actividad entre finales de abril de 2020 y finales de mayo se ha reactivado en porcentaje inferior al 75% y tenga un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

En cuanto a los ERTE por limitación de su actividad se prorrogan con un nuevo esquema de exoneraciones: si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, será del 85% en junio y julio, y del 75% en agosto y septiembre. Si la empresa tiene 50 trabajadores o más, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.

Por su parte, las empresas que soliciten un ERTE de impedimento de su actividad como consecuencia de las restricciones administrativas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre 2021 que será del 100% de la aportación empresarial durante el tiempo que permanezcan cerradas si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

Actualmente hay alrededor de 558.000 trabajadores en situación de ERTE. Del total, unos 137.000 se encuentran en ERTE por limitación y cerca de 16.300, por impedimento. Del resto, poco más 233.000, se encuadran entre los sectores “ultraprotegidos” o vinculados a ellos.

GARANTÍAS

El sistema de ERTE vigente a partir del 1 de junio mantiene las características de flexibilidad del modelo anterior.

La norma dispone, para el colectivo de fijos discontinuos y quienes realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, la obligación de que las empresas procedan a su incorporación efectiva durante los períodos teóricos de llamamiento de los trabajadores. En caso de que no puedan desarrollar su actividad en el periodo de llamamiento, se dispone su afectación por los ERTE vigentes a fecha de entrada en vigor de esta norma o autorizados con posterioridad.

El denominado ‘contador a cero’, que no computa las prestaciones por desempleo de los ERTE del periodo al que se tiene derecho, se mantiene hasta el 1 de enero de 2022 y la prestación por desempleo del ERTE seguirá siendo el 70% de la base reguladora.

Los profesionales de las artes en espectáculos públicos que tuvieran derecho al acceso extraordinario a las prestaciones económicas por desempleo podrán continuar percibiéndolas hasta el 30 de septiembre de 2021. Esta prestación será incompatible con la realización de actividades por cuenta propia o por cuenta ajena, o con la percepción de cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier administración pública.

El preacuerdo se logró esta tarde, una vez que se salvaron los escollos con CEOE que afectaban a las exoneraciones de cotización. Un Comité Ejecutivo extraordinario de la patronal dio el visto bueno por unanimidad a la última propuesta.

(SERVIMEDIA)

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