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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso presentado por el colectivo antivacunas y antimascarillas que se encuentra acampado en el Parque de Isabel la Católica de Gijón
Política - Política local21/07/2020La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso presentado por el colectivo antivacunas y antimascarillas que se encuentra acampado en el Parque de Isabel la Católica de Gijón contra la resolución de Delegación de Gobierno que les obligaba a trasladar la protesta al parque de Hermanos Castro, zona verde situada cerca de la ubicación actual.
En el fallo judicial se relata que los demandantes habían solicitado a primeros de junio acampar de forma indefinida, en señal de protesta, en el parque Isabel la Católica, si bien la Delegación de Gobierno dictó una Resolución, con fecha 9 de julio, en la que se modificaba el lugar de acampada al parque Hermanos Castro. Algo que el Tribunal considera ahora en su sentencia, contra la que no cabe recurso, como "proporcional".
En su día el colectivo había manifestado que la continuidad de la acampada estaría condicionada a que el Gobierno central declare que no será obligatorio ponerse la futura vacuna de la Covid-19 y como protesta por la obligatoriedad dictada por el Gobierno regional de llevar mascarilla en cualquier lugar interior o exterior en todo el Principado.
La Sala de lo Contencioso, en la resolución de la que ha sido ponente la magistrada Olga Lamuño, resalta la consideración del lugar de la acampada, el parque Isabel la Católica "como parte del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias como Jardín Histórico y propuesto para Bien de Interés Cultural (BIC), estando prohibido, conforme a su plan de usos, acampar o erigir cualquier tienda que no esté previamente autorizados, quedando prohibido dormitar en el mismo".
Además, la sentencia hace referencia al informe del responsable de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Gijón, en el que se indica la imposibilidad de llevar un correcto mantenimiento en la zona de acampada.
El TSJA considera, por todo ello, que hay motivación suficiente en la limitación, por parte de Delegación de Gobierno, del derecho de reunión en el único aspecto de ordenar el traslado de la acampada, e indican que el que hayan anunciado que la protesta tiene carácter indefinido puede conllevar "una ocupación excesivamente prolongada en el tiempo que afectaría a la integridad de un espacio público" de las características del parque Isabel la Católica.
(SERVIMEDIA)
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